1357/26: CITA AL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, CPN DIEGO CESAR SANTILLI, Y AL MINISTRO DE ECONOMÍA, LIC. LUIS ANDRES CAPUTO, DE CONFORMIDAD AL ART. 71 DE LA C.N. Y EL ART. 214 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA, A FIN DE BRINDAR INFORME SOBRE EL DESTINO DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA VIAL INTEGRADO, Y CUESTIONES CONEXAS. (Co-Autoria con MARKS Y OTROS)

El presente proyecto tiene por objeto solicitar la concurrencia del señor Jefe de Gabinete de Ministros al Honorable Senado de la Nación, a fin de brindar explicaciones sobre la subejecución y el destino de los recursos del Sistema Vial Integrado y del Fondo Fiduciario de Infraestructura del Transporte.

1282/26: DECLARA LA EMERGENCIA VIAL NACIONAL EN LAS PROVINCIAS DE RIO NEGRO Y LA PAMPA POR EL PLAZO DE DIECIOCHO (18) MESES, PRORROGABLES POR UNICA VEZ POR EL MISMO PLAZO. (Co-Autoria con SORIA Y OTROS)

Se propone declarar la Emergencia Vial Nacional en Río Negro y La Pampa por 18 meses, con posibilidad de prórroga, y disponer un plan integral de reparación, mantenimiento y ampliación de las rutas, priorizando los tramos según siniestralidad, volumen de tránsito y conectividad productiva.

1247/26: CREA EL REGIMEN ESPECIAL TEMPORAL PARA EL FORTALECIMIENTO DEL CABOTAJE NACIONAL Y DE LA MARINA MERCANTE ARGENTINA (RETCAN). Co-Autoria con CAPITANICH Y OTROS.

El presente proyecto de ley tiene por objeto instituir un Régimen Especial Temporal para el Fortalecimiento del Cabotaje Nacional y de la Marina Mercante Argentina (RETCAN), destinado a recuperar la capacidad de transporte por agua bajo control de armadores argentinos, incentivar la incorporación de buques, mejorar la competitividad, preservar el empleo nacional embarcado y fortalecer el desarrollo económico, logístico y estratégico del país.

1103/26: SOLICITA INFORME SOBRE DIVERSOS ASPECTOS VINCULADOS A LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD VIAL EN LA INTERSECCIÓN DE LA RUTA NACIONAL N°35 Y LA RUTA PROVINCIAL N°14, PROV. DE LA PAMPA. (Co-autoría con KRONEBERGER)

La magnitud y reiteración de los siniestros en este sector imponen la necesidad de actuar con celeridad, priorizando la prevención y la seguridad de las miles de personas que diariamente utilizan este corredor vial.

1733/25: DECLARA INCONSTITUCIONAL, NULO DE NULIDAD ABSOLUTA, EL DNU N°697/2025, QUE AUTORIZA EL INGRESO DE TROPAS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE EE.UU., EN LAS BASES NAVALES DE MAR DEL PLATA, USHUAIA Y PUERTO BELGRANO. (Co-autoría con DURE Y OTROS)

Dada la índole del DNU, el presente proyecto de Ley busca declarar insanablemente nulo por no seguir la debida autorización del Congreso de la Nación previsto en el Artículo 75 inciso 28 de la Constitución Nacional.