689/24: MODIFICA EL REGLAMENTO DEL H. SENADO DE LA NACION, REFERIDO A LAS FACULTADES PARA AUTOCONVOCARSE A CELEBRAR SESIONES.
El Congreso, como Poder Legislativo, despliega funciones de representación y control cruciales para el funcionamiento democrático. Sin embargo, la historia ha mostrado intentos de eludir su autoridad y obstruir su desempeño. Recientemente, el dictado del DNU 70/23 ha violado las facultades constitucionales del Congreso, impidiendo su capacidad de control parlamentario.
El Reglamento del Senado establece disposiciones sobre sesiones especiales, pero carece de procedimientos para casos en los que la citación no se respete. Esto podría resultar en dilaciones injustificadas o en la negación del ejercicio de derechos de los senadores. Por lo tanto, se propone incorporar plazos perentorios para la citación a sesiones especiales.
Además, se busca permitir que los senadores soliciten sesiones públicas especiales durante el receso legislativo y garantizar que la Cámara pueda autoconvocarse para sesiones ordinarias, en caso de que no se prorroguen. Estas reformas tienen respaldo constitucional y fortalecerían los controles republicanos y la representatividad parlamentaria.