Proyectos de Ley
1318/23: DEROGANDO EL ART.185 DEL CODIGO PENAL (EXENCION RESPONS. PENAL DE DELITOS PATRIMONIALES DE FAMILIARES).
La presente iniciativa tiene por objeto derogar el artículo 185 del Código Penal de la Nación Argentina, el cual establece la exención en la responsabilidad del tipo penal cuando se cometieron hurtos, defraudaciones o daños, toda vez que fueran recíprocamente causados entre “los cónyuges, ascendientes, descendientes y afines en la línea recta; el consorte viudo, respecto de las cosas de la pertenencia de su difunto cónyuge, mientras no hayan pasado a poder de otro; y los hermanos y cuñados, si viviesen juntos.”