1756/25: CREA UNA COMISION BICAMERAL INVESTIGADORA DE PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN LAS OPERACIONES Y LA DDJJ DE VENTA AL EXTERIOR (DJVE) DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS EN EL MARCO DE LA BAJA TEMPORAL DE LOS DERECHOS DE EXPORTACION DISPUESTA POR EL PEN MEDIANTE DCTO. 682/2025.

La reducción a 0% de los derechos de exportación establecida por el Decreto 682/25 generó graves preocupaciones institucionales y fiscales que justifican la intervención del Congreso. La medida, presentada como un beneficio para el sector agropecuario, terminó favoreciendo a un pequeño grupo de grandes exportadores, quienes obtuvieron ventajas extraordinarias a costa de un alto costo fiscal para el Estado, estimado en alrededor de U$1.497 millones.
se propone la creación de una Comisión Investigadora Parlamentaria, siguiendo el antecedente de la Ley Nº 26.397 de 2008, con el fin de esclarecer posibles irregularidades y garantizar el control político sobre las decisiones del Poder Ejecutivo, en resguardo de los principios de transparencia, equidad y defensa del interés público.

1680/25: DECLARA DE INTERES PUBLICO Y ESTRATEGICO NO ENAJENABLE EL DESARROLLO NUCLEAR ARGENTINO VINCULADO CON EL USO PACIFICO DE LA ENERGIA NUCLEAR Y LAS RADIACIONES IONIZANTES, CONFORMES CON LOS TRATADOS INTERNACIONALES SUSCRIPTOS POR LA REP. ARGENTINA (CO-Autoria con MAYANS Y OTROS)

La decisión de avanzar con su privatización representa un hecho de extrema gravedad, pues pone en riesgo la soberanía energética nacional y abre la posibilidad de injerencias extranjeras en un sector estratégico. En un contexto global donde la energía nuclear es reconocida como herramienta esencial contra el cambio climático, entregar parte del control de NASA equivale a debilitar una de las capacidades más valiosas del Estado argentino.

1656/25: DISPONE LA PROVISION DE INDUMENTARIA Y CALZADO PARA EL PERSONAL DE LAS INTENDENCIAS DEL H.S.N. (CO-autoria con LINARES Y OTROS)

El presente proyecto de resolución tiene como propósito garantizar que el personal de las Intendencias del Honorable Senado de la Nación cuente con la indumentaria y el calzado adecuados para desempeñar sus funciones en condiciones de dignidad laboral. Esta medida busca preservar la calidad del trabajo y el bienestar de quienes cumplen tareas esenciales para el funcionamiento diario de la institución.

1512/25: DECLARA DE INTERES EL PROYECTO «CONSAGAN (PEQUEÑOS ENVASES, GRANDES CAMBIOS») ELABORADO POR ESTUDIANTES DEL COLEGIO AGROPECUARIO DE REALICÓ, PROV. DE LA PAMPA.

La iniciativa busca declarar de interés el proyecto CONSAGAN – pequeños envases, grandes cambios, desarrollado por estudiantes del Colegio Agropecuario de Realicó, La Pampa. Presentado en la Feria Provincial de Ciencias, forma parte del programa Aprender a Emprender de Junior Achievement, que promueve la creación y gestión de proyectos escolares. La propuesta surgió ante la preocupación por los residuos plásticos del ámbito agropecuario, especialmente los envases de vacunas y antibióticos.

1508/25: LEY DE JUVENTUDES.

El proyecto propone la creación del Instituto Nacional de Juventudes (INJUVE) y del Consejo Federal de Juventudes, dotados de financiamiento propio y competencias para articular políticas a nivel federal. Además, establece derechos específicos —educación, trabajo, salud, inclusión digital, participación política y acceso a la vivienda— y deberes estatales para garantizar su cumplimiento. La sanción de una Ley Nacional de Juventudes se plantea como un paso imprescindible para asegurar igualdad de oportunidades, estabilidad institucional y sostenibilidad de las políticas destinadas a las nuevas generaciones.

1167/25: DISPONE LA ELIMINACIÓN DE DIVERSOS FIDEICOMISOS Y FONDOS NACIONALES. (CO-AUTORÍA: MAYANS Y OTROS)

Esta propuesta legislativa tiene basamento en la iniciativa conjunta de los Gobernadores de todas las provincias argentinas y del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes firmaron un documento para respaldar la transferencia directa y automática de recursos destinados a funciones asumidas por las provincias y, en algunos casos, por los municipios.

413/25: INCORPORA AL CAP. VI DEL TITULO III DEL LIBRO SEGUNDO A SU SIMILAR 11179- CODIGO PENAL DE LA NACION- RESPECTO DE PENAS ACCESORIAS.(REF. S. 1388/23).

Proponemos incorporar al Libro Segundo del Título III de nuestro ordenamiento penal, el Capítulo VI, denominado penas accesorias. Allí establecemos tres sanciones que conllevarán los delitos contra la integridad sexual y que podrán ser impuestas por el órgano jurisdiccional, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20 ter del Código Penal.