392/22: CONMEMORANDO EL 8 DE MARZO

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Su adhesión a la conmemoración del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1977 por Resolución 32/142.

FUNDAMENTOS

Señora presidenta:

Cada 8 de marzo, el mundo entero recuerda la lucha de un grupo de mujeres obreras que ocupó la fábrica textil donde trabajaban en la ciudad de Nueva York para exigir igualdad de salarios y una jornada de 10 horas de trabajo. También se recuerda la respuesta de los dueños de dicha fábrica quienes, ante este reclamo, provocaron un incendio causando la muerte de 129 obreras.

Este hecho originó que, en el año 1977, Naciones Unidas estableciera mediante la Resolución A/RES/32/139, el 8 de marzo de cada año como «Día Internacional de la Mujer», e invitó a los Estados miembros a “que proclamen, de acuerdo con sus tradiciones históricas y costumbres nacionales, un día al año como Día de las Naciones Unidas para los Derechos de la Mujer y la Paz Internacional”.

Como cada año, Naciones Unidas establece un lema el Día Internacional de la Mujer, este año es “Igualdad de género hoy para un mañana sostenible”, mediante el cual se reconoce la contribución de las mujeres y las niñas de todo el mundo, que llevan adelante los esfuerzos de respuesta, mitigación y adaptación al cambio climático para construir un futuro más sostenible para todas las personas.[1] El documento además, hace hincapié en los esfuerzos que deben llevar adelante los países para potenciar la igualdad de género en el contexto de la crisis climática y la reducción del riesgo de desastres.

El lema de este año, está en consonancia con el tema prioritario del Sexagésimo sexto período de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW66): “Lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas en el contexto de los programas y las políticas del cambio climático y la reducción de los riesgos de desastre y ambientales”.

Nuestro país, desde su retorno a la Democracia en 1983, ha manifestado una firme posición en lo que respecta a protección de los derechos de la Ciudadanía. Desde entonces, se han sancionado varias leyes vinculadas a la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.

Leyes como la Ley de Cupo Femenino (Ley 24.012); la Ley de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (Ley 25.673); la Ley de creación del Programa Nacional de Educación Sexual Integral (Ley 26.150); la Ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas (Ley 26.364 y su modificatoria Ley 26.842); la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los Ámbitos en que se Desarrollan sus Relaciones Interpersonales (Ley 26.485); la Ley de Matrimonio Igualitario (Ley 26.618); Ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política; Ley 27.610 de acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y Ley 27635 de Equidad de Género en los Medios de Comunicación, son reflejo de una sociedad comprometida con la protección de derechos.

Legislar con perspectiva de género es hoy un requisito indiscutible. Promover la igualdad de género a través de la reducción de la pobreza, la promoción de la salud, la educación, la protección y el bienestar de las niñas y los niños y la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres, debe ser el objetivo de cada acción legislativa o de gobierno.

Este nuevo 8 de marzo nos invita a reflexionar sobre las conquistas de derechos que han logrado las mujeres, pero también sobre las deudas pendientes. Desde el Honorable Senado de la Nación, es nuestra responsabilidad legislar para que cada mujer logre la plena participación, en la vida política, civil, económica, social y cultural en los planos nacional, regional e internacional y la erradicación de todas las formas de violencia basadas en el género. Por estos fundamentos y los que daré oportunamente, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.

TRAMITE PARLAMENTARIO

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