181/25: PRORROGA POR EL TERMINO DE DOS AÑOS LA VIGENCIA DEL PLAZO ESTABLECIDO EN EL CAPITULO II DE LA LEY 27.705 – UNIDAD DE PAGO DE LA DEUDA PREVISIONAL

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La Ley Nº 27705 creó el Plan de Pago de Deuda Previsional para permitir que trabajadores y trabajadoras sin los aportes suficientes accedan a una jubilación digna. Esta iniciativa brindó una solución a miles de personas en situación de desprotección, insertándose en una tradición de políticas de inclusión previsional orientadas a garantizar justicia social. Sin embargo, la persistencia del desempleo y la informalidad laboral, producto de crisis económicas y políticas neoliberales, ha dificultado el acceso universal al sistema previsional, lo que hace necesario mantener mecanismos como las moratorias para evitar la exclusión de quienes no logran completar los aportes requeridos.

Si bien las moratorias no constituyen una solución definitiva, han permitido que una gran parte de la población pueda jubilarse. Alternativas como la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) presentan limitaciones, ya que el haber es menor al mínimo jubilatorio, no reconoce aportes previos y no otorga derecho a pensión. En este contexto, la prórroga del Plan de Pago de Deuda Previsional es fundamental para evitar que miles de personas queden sin cobertura en la etapa más vulnerable de sus vidas.

Según datos oficiales, en agosto de 2024, casi la mitad de los jubilados accedieron al beneficio mediante moratorias, lo que demuestra su impacto en la cobertura previsional. La eliminación de este mecanismo dejaría a muchas personas sin acceso a la jubilación, aumentando la desigualdad y la desprotección social. Por ello, resulta urgente extender la vigencia de esta herramienta para garantizar estabilidad y previsibilidad a quienes han alcanzado la edad de retiro sin los aportes suficientes.

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