1561/23: ADHIERIENDO AL DIA MUNDIAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, EL 30 DE JULIO DE 2023.

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En el año 2013, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó la Resolución A/RES/68/192 y designó el 30 de julio como el Día Mundial contra la Trata. En el documento, se señala que el día es necesario para “concientizar sobre la situación de las víctimas del tráfico humano y para promocionar y proteger sus derechos”. 
La trata de personas es definida como “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. 


Entendiendo la magnitud de la problemática, lamentablemente presente en nuestro país, en el año 2008 se sanciona la Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, que tiene por objeto implementar medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas


Dicha norma fue modificada en el año 2012, por la Ley 26.842 con el objetivo de profundizar los mecanismos contra la trata de personas.


Además, modifica varios artículos del Código Penal. La nueva ley sustituye el artículo 125 bis del Código Penal y dice que quienes promuevan o facilitan la prostitución de una persona serán penados «con prisión de cuatro a seis años de prisión, aunque mediare el consentimiento de la víctima». El tema del consentimiento es uno de los cambios fundamentales de la nueva norma, ya que muchas veces no se podía llegar a una condena porque la víctima aseguraba que había consentido la relación de explotación sexual debido a que estaba amenazada

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