750/24: MODIFICA SU SIMILAR 27.160 – REGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES – Y DEROGA EL DECRETO 194/24-, RESPECTO DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES.

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El derecho a la alimentación está consagrado en varios instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que establecen que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, entre otros aspectos, la alimentación. Estos documentos afirman que los Estados deben adoptar medidas específicas para garantizar este derecho y proteger a las personas contra el hambre.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales refuerza esta idea al señalar que el derecho a una alimentación adecuada es indispensable para la dignidad humana y la justicia social, y está vinculado a la erradicación de la pobreza. Según el Comité, el derecho a la alimentación se ejerce cuando todas las personas tienen acceso físico y económico a alimentos adecuados en todo momento. Este derecho incluye la disponibilidad de alimentos en cantidad y calidad suficientes y la accesibilidad sostenible a ellos.

En Argentina, el problema no ha sido la disponibilidad de alimentos, sino el acceso a ellos, agravado por la inflación y las dificultades del mercado laboral. Las asignaciones familiares son cruciales para que muchas familias mantengan un flujo constante de alimentos. Sin embargo, un informe de UNICEF muestra que el poder de compra de la Asignación Universal por Hijo ha disminuido en los últimos años debido a la inflación, lo que resalta la necesidad de actualizar los montos de estas prestaciones para mantener su capacidad protectora.

Por lo tanto, se propone la actualización mensual del monto de las asignaciones familiares utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC para asegurar que los ingresos acompañen la fluctuación de los precios de los alimentos. También se sugiere revertir el decreto que redujo el tope de ingresos para percibir asignaciones, restableciendo el mecanismo anterior que alineaba el tope con el piso del Impuesto a las Ganancias, para garantizar la seguridad alimentaria de los sectores más vulnerables en contextos de crisis económicas.

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