749/24: AMPLÍA LA PRESTACIÓN ALIMENTAR CREADA EN EL MARCO DEL PLAN NACIONAL ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE HASTA LOS DIECISIETE AÑOS DE EDAD INCLUSIVE

Publicado el

La Resolución Nº 8/20 del Ministerio de Desarrollo Social creó el Plan «Argentina contra el hambre» para asegurar la seguridad y soberanía alimentaria, especialmente para los sectores más vulnerables. Este plan se basa en la Emergencia Alimentaria Nacional y en diversos instrumentos internacionales que priorizan el derecho a una alimentación de calidad, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

La Ley 27519 estipula que el Estado debe garantizar el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria de la población. La Resolución Nº 1549/21-MDS amplió el alcance del plan a personas en situación de vulnerabilidad social, priorizando hogares con niños, adolescentes hasta 14 años, mujeres embarazadas, y padres de hijos con discapacidad, entre otros. Este plan, conocido como la Prestación Alimentar, busca incrementar los ingresos destinados a la compra de alimentos y asegurar la seguridad alimentaria de los más necesitados.

Un informe reciente de UNICEF señala que la capacidad de compra de la Asignación Universal por Hijo y la Prestación Alimentar ha caído significativamente debido a la inflación, aunque estas políticas han evitado un aumento mayor en los niveles de pobreza e indigencia. Sin embargo, el informe también destaca que estas prestaciones son insuficientes, especialmente para adolescentes de 15 a 17 años, y que la actualización de la Prestación Alimentar no ha sido automática ni ha seguido el ritmo de la inflación.

La situación es alarmante dado el potencial de producción alimentaria de Argentina y la necesidad de garantizar el acceso a los alimentos. Por ello, se propone modificar el alcance y la población destinataria de la Prestación Alimentar, ampliando su cobertura y mejorando su actualización para enfrentar de manera efectiva las necesidades alimentarias de la población vulnerable.

ESTADO PARLAMENTARIO