2048/22: PROTECCION DE LA SALUD Y LA PROMOCION DE LA SEGURIDAD DE USUARIOS RESIDENCIALES DEL SERVICIO DE DISTRIBUCION DE GAS NATURAL
La relación de consumo vinculada al servicio público de gas natural por red, la protección de la salud adquiere carácter primordial. Como sabemos, en las épocas más frías del año, son frecuentes las intoxicaciones con monóxido de carbono debido al aumento en la utilización de artefactos para calefaccionar las viviendas.
Las consecuencias por este tipo de intoxicación pueden ser de distinta gravedad, dependiendo del tiempo de exposición al mismo, provocando dolor de cabeza, mareos, náuseas, vómitos e incluso la muerte.
Si bien, el ENARGAS, efectúa campañas de prevención de accidentes por inhalación de monóxido de carbono en forma periódica, las cifras por intoxicaciones graves resultan alarmantes en nuestro país. Es principalmente en la región patagónica, donde se registran las temperaturas más frías durante los meses de invierno.
La presente iniciativa puede contribuir al logro de ese objetivo. La obligación de incorporar detectores de monóxido de carbono en todas las viviendas que cuenten con servicio de gas natural puede constituirse en una herramienta de alerta decisiva para la integridad física de las personas. La designación de las empresas distribuidoras de gas como las responsables de la instalación de los detectores atienda a una de las formas más eficientes de asegurar su cumplimiento.
De esta manera, deberán instalar los detectores antes de dar el alta del servicio a nuevos clientes, y contarán con un plazo de adecuación para cumplir con esa obligación en las viviendas de usuarios y usuarias que tuvieran el servicio habilitado con anterioridad a la sanción de la presente. Para evitar que las disposiciones de esta normativa impliquen dificultades económicas a los hogares, contemplamos la posibilidad de que las y los usuarios residenciales puedan financiar en cuotas sin interés el costo de los detectores, las que deberán ser incluídas en la facturación del servicio. Asimismo, establecemos la obligación de la Autoridad de Aplicación de garantizar el financiamiento al 100% del costo de los detectores para las y los beneficiarios de la tarifa social.
Entendemos que de esta forma se podrá alcanzar a un mayor número de hogares, y sobre todo, a aquellos que se calefaccionan con alternativas que quizás no cumplen con los estándares de seguridad más adecuados.