1316/23: ELIMINANDO DEL CODIGO PENAL LA ‘PROBATION’ PARA DELITOS QUE IMPLIQUEN VIOLENCIA DE GÉNERO.

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La presente iniciativa tiene por objeto contribuir a la protección de las mujeres sancionando la violencia de género al modificar el artículo 76 bis del Código Penal, estableciendo que no se podrá aplicar el instituto de la suspensión de juicio a prueba (probation) para aquellos delitos en cuya comisión se ejerciera violencia de género. El mismo, es un instrumento procesal que detiene el ejercicio de la acción penal a favor de una o un sujeto imputado por la comisión de un ilícito, quien se somete por un plazo determinado a “una prueba”.

Sabemos que hay algunas jurisdicciones que han incorporado la misma excepción aquí propuesta a sus Código de procedimientos. Ejemplo de ello, es la provincia de La Pampa que incorporó en su Código Procesal Penal, mediante la ley 3.192 del año 2019, que no se podrá aplicar la suspensión de juicio a prueba, para aquellos delitos cometidos en un contexto de violencia de género. También destacar que una iniciativa similar obtuvo media sanción de esta Cámara en el año 2017, en base a un expediente de autoría de la Senadora (MC) Norma Durango, que lamentablemente no obtuvo tratamiento en Diputados.
Por lo expuesto, consideramos necesaria eliminar la posibilidad del otorgamiento del beneficio de la suspensión del juicio a prueba (o probation) para aquellas personas que presuntamente cometieron algún delito mediando violencia contra las mujeres. Entendemos que en estos casos es importante conseguir una sentencia y no exponer a las mujeres a una suerte de negociación ya que, por el mismo vínculo violento, ambas partes involucradas no se encuentran en igualdad de condiciones.

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